martes, diciembre 09, 2008

Caponnetto.La elección de los gobernantes-V.

-V-
 “LA ELECCIÓN DE LOS GOBERNATES “.

 Aclarada la cuestión de que la perversión intrínseca de la democracia no está en la posibilidad que ella abriga de elegir a los gobernantes , sino de elegirlos mediante el sistema del sufragio universal, todo católico coherente debería rechazar sin más esta variante electiva, convertida hoy en obligatoria y compulsiva norma, cuya violación conlleva sanciones que no rigen, siquiera teóricamente, para los sacrílegos y los blasfemos. Prestarse al juego del sufragio universal, sea  en la doble o simple  condición de elegido o de elector, es convalidar esa noción matemática y mecánica de lo social metida a la fuerza por la Revolución Moderna ; es admitir que la legitimidad de origen  de un gobierno depende de la a dicción discorde, anónima indiscriminada de las individualidades, homologadas todas rastreramente en el principio cuántico de que un hombre es igual a un voto. Es, en suma, alimentar la funesta tiranía del número, que hasta el mismo Borges, en renombrada chanza, llamó “ abuso Estadístico “.. Con razón ha dicho Caderón Bouchet que   el aristócrata no es el producto de un sufragio, ni puede serlo, está vinculados a los servicios prestados al pueblo por sus antepasados y a una educación en consonancia con ese prestigio histórico-Rubén Calderón Bouchet. La política y el orden de la convivencia Bs-As., Santiago Apóstol, 2002. p.30.- Y con más razón aún  ensañaba PÏO IX en su alocución del 9 de junio de 1862, que existe “ una plaga horrenda que aflige a la sociedad humana y se llama sufragio universal. Esta es una plaga destructora del orden social y merecería con justo título ser llamada mentira universal “-Cfr. Jesús Muñoz. Democracia y doctrina Católica, en Cuadernos de la Universidad..N16. San Juan. Univ. Nac. De Cuyo 1983.p.43.
Pero ni tal sensato rechazo del sufragio universal implica negar el derecho que puede asistir a la sociedad de elegir a sus gobernantes; ni implica asimismo la propuesta de un sufragio calificado, ni tal sufragio calificado volvería  “impoluta “ a la democracia. Tales dislates son deducciones exclusivas y antojadizas de Beccar Varela. Bastaba para disiparlos el conocimiento del magisterio católico tradicional.
Por eso remití a Santo Tomás de Aquino – no concretamente en su Comentario de Aristóteles- no para que se conocieran “ las condiciones determinantes de una democracia lícita “, como tuerce Beccar Varela haciéndome decir que lo que no digo ( Crf. Respondo al profesor…ibidem ), sino que se supiera que “ la elección de los gobernantes por la multitud-procedimiento que siempre dejó a salvo como posible el Magisterio de la Iglesia – no le es bajo el modo aberrante del sufragio universal, sino bajo ciertas circunstancias determinantes que oportunamente enumeró Santo Tomás , verbigracia, en su Comentario a la Política de Aristóteles”.(Antonio Caponnetto, La confusión de Becar Varela, VI )
Becar Varela- dándose nuevamente por ganador del debate en chiquilina actitud , y si advertir cuán al descubierto deja su endeblez mental- dice muy ufano : “ Cita [Caponnetto]  a Santo Tomás y a él se remite para indicar las condiciones determinantes de una democracia ilícita. Antes que nada hago notar que si algo es admisible en ciertas condiciones, no puede decirse que padezca una “ perversión intrínseca “[…] Leí rápidamente el Capítulo 14 del Libro III del comentario de Santo Tomás al Libro de la Política de Aristóteles  que el Profesor cita, en busca de condiciones de la democracia que él aceptaría. No la encontré(cfr. Respondo al Profesor….ibibem.)
 Claro : tampoco hallará la Divina Comedia si lee Don Quijote , ni ha Hegel si estudia Kant. Porque no estoy remitiendo a la obra de Santo Tomás para encontrar  “ las razones de la democracia licita “, sino las condiciones determinantes bajo las cuales podría resultar legítima la elección de los gobernantes .Son dos las cosas bien distintas, y al confundirlas, o  comete torpeza o imprime ,malicia  a la disputatio
Sean cuales fuesen los propósitos del crítico, al que interesa aprovechar a Santo Tomás ( a San Agustín, a quien el Aquinate cita al respecto tomando textos de De libre Arbitrio)  es que su propuesta no es  la del sufragio universal ni calificado, sino la elección de los gobernantes entendida como derecho positivo eventual condicionado, que no delega ni transfiere el poder sino que lo designa .Tan eventual y tan  condicionado es ese derecho a la designación de los gobernantes, que puede  privarse del mismo a la comunidad si ésta no garantiza conductas mínimas de equidad, de organicidad, de justicia, o “ se muestra proclive a las tentaciones de la venalidad “.
Imaginar que en el siglo XIII Santo Tomás pensaba en el sufragio universal o calificado, o en los partidos políticos ofreciendo electores múltiples, es un despropósito, una verdadera ucronía: esto es , aquello que está fuera de tiempo.
A partir de un valioso texto de PÏO XII, su Discurso del 2 de octubre de 1945, Dacche piacque , en la que el Pontífice alude a la jerárquica arquitectura social prevalerte en “  la Edad media Cristiana “, Fulvio Ramos ha comentado con maestría: “ En la Edad Media, obviamente, no existía el sufragio universal como lo entendemos ahora, ni existía el sufragio universal como lo entendemos ahora, ni había partidos políticos- Menos  aún se soñaba siquiera con un concepto tal como el de la soberanía del pueblo. Sin embargo, en las Monarquías de la edad media se daba una real participación de los distintos sectores sociales, manifestada en los municipios o comuna, los gremios, las corporaciones artesanales, universidades , etc., en los asuntos que eran de su competencia.
Más aún, las distintas regiones, por el cual éstos se sometían a su autoridad a cambio del mantenimiento de su autonomía y del goce de determinadas libertades-Fulvio Ramos.La iglesia…etc., ibidewm.p. 170-171.
Entonces, ni sufragio universal ni capacitado son modelos para una católico coherente..Si en cambio, valer la admiración e imitación del espíritu y de las formas concretas de aquella sociedad cristiana, en las organizaciones corporativas y foral permitía – llegado el caso y dadas ciertas condiciones- designar a los gobernantes mediante el criterio del primus Inter. Pares  , que devenía después en primus Inter. Primus . Algunos tratadistas han caracterizado a este modo de elegir autoridades, sufragio directo por distribución territorial y representación corporativa- Cfr-José M. Llovera. Tratado de sociología cristiana.Barcelona.Luis Gili. 1959,p.122- Mutatis mutandi. , todavía hoy la Iglesia nos da el ejemplo de la validez de este criterio cuando tiene que designar a un nuevo Papa. No se convoca a las masas a la elección. No se presentan listas de candidatos emergentes de otros tantos órganos partidocráticos. Ni siquiera elige ni cualquiera puede ser electo. La Iglesia sabe- como lo ha dicho PÏO XII en La organización política mundial – que “ cuando la creatura es reducida a simple elector, la vida de las naciones se halla disgregada por el culto ciego al valor numérico “. Y no puede dejar de recordar que  el primer sufragio universal de la historia ( ¿ o fue calificado ?), los electores eligieron a Barrabas y crucificaron a Jesucristo.
(continuaremos con “ la elección de gobernantes “.2da parte. El Director. )