miércoles, agosto 26, 2009

CONSUMO PERSONAL DE DROGAS

    LA REVISTA DEL FORO
                                           SUPLEMENTO ESPECIAL
                                                    
                                  miércoles, 26 de agosto de 2009

                  
COLUMNISTA
   
MARCELO J. VERHNES

CONSUMO PERSONAL DE DROGAS                    CONSUMO PERSONAL DE DROGAS                    CONSUMO PERSONAL DE DROGAS                    CONSUMO PERSONAL DE DROGAS                    CONSUMO PERSONAL DE DROGAS                   
CONSUMO PERSONAL DE DROGAS
Como ya es mi costumbre, esta mañana abrí el Suplemento Electrónico. Leí dos veces, la noticia acerca de la despenalización del Consumo Personal de Drogas. Algo sabía al respecto de este proyecto, pero cuando tomé conocimiento de los fundamentos pronunciados por un magistrado de la justicia, quedé atónito.
En efecto, sin ser abogado y menos jurista, creo tener una dosis de conocimientos y de buen juicio, para discriminar entre lo correcto y lo incorrecto. A partir de esta base me asombran la falsedad y el descaro que suponen los fundamentos invocados para la aprobación de semejante medida. Ellos son falaces por varias razones que paso a detallar:
a)    Es de público conocimiento, el hecho de que la despenalización de prácticas que atentan contra la vida humana -como por ejemplo el aborto- lejos de disminuir el mal lo incrementan. Esto se ha comprobado en varios países del mundo.
b)    La primera razón invocada, esto esal adicto de paco no hay que penarlo, hay que tratarlo porque corre riesgo (de muerte). ¡Cómo le vamos a poner una pena, es absurdo!" esta razón si es absurda. Con este bonito razonamiento es inconcebible que se penalice al conductor de un automotor que no utilice el cinturón de seguridad, imagínese y relea el texto entre comillas. ¡Cuánta injusticia por todas las multas cobradas a quienes no usan el cinturón de seguridad! Porque al no utilizar este adminículo pone en peligro su vida, y con frecuencia peligro de muerte, ¡entonces no se le pude penalizar por ello! Con semejantes razonamientos es difícil imaginar en donde podemos terminar. Por otro lado, si a esa persona hay que tratarla, cabe preguntarse ¿quién se encarga de ello?
c)    Como la prohibición (de la tenencia) lo único que logra es aumentar el precio hay que despenalizar la misma. De este modo, de acuerdo con lo elemental de la ley de mercado, al disminuir el precio, el consumo aumentará. ¡Qué gran remedio a la eliminación del mal!
d)    Asimismo es falso que dicha conducta no afecta el bien jurídico protegido, esto es la salud de terceros. Sí, porque la tenencia y el consumo es particular, no se puede ejercer en lugar público. Siendo así, este ambiente particular será sin dudas el hogar del o de la adicta, y en ese hogar suelen haber menores, al menos es lo normal. Acaso no se ha pensado en el espectáculo a que se somete a niños y adolescentes con la adicción a una droga de semejante peligrosidad, y ¡qué ejemplo para ellos! Ejemplo que puede arrastrarlos a imitar a sus progenitores, faltos de autoridad para controlarlos. ¿Esto significa no afectar la salud de terceros?
Considerando estos pocos conceptos, se pone en evidencia la falacia y el peligro de semejante medida, con más razón cuando no se tiene un control sobre el tráfico en sí, que es el punto de ataque contra este flagelo. Al mal se lo debe atacar en la cabeza, no en la cola.
Por otro lado, considerando esta medida desde una perspectiva un poco más amplia, no quedan dudas de que se trata un paso más para avanzar, con la sempiterna anuencia del ejecutivo nacional, en lo que hoy llamamos la cultura de la muerte.