martes, enero 19, 2010

6500 millones de dólares, ó 6.720 millones: Reservas e indemnizaciones misterio - (Texto de la ley 24.411)

AMIGOS DE LA LIBERTAD
 
 
-     Hoy casi no hay nadie en la República que no hable de los 6.500 millones de dólares de las "Reservas".  El Dr. Cachanosky nos ilustra muy bien desde su nota más abajo sobre lo que está aconteciendo. Si el Presidente fuera "otro", tal vez oyéramos: "¡minga! para el Fondo del Centenario", pero es su mujer y su mujer es otra cosa.
 
-     6.500 millones de dólares ¿es una cifra importante, para que todos estén alterados?
 
-     ¡Depende....!
 
-     Veamos algo parecido, un poco más, aún con dólares más fuertes o menos devaluados de 16 años atrás.
 
-     En diciembre 1994 el Congreso destinó 6.720 millones de dólares con otros fines y destinatarios.  El plazo en principio debia regir 180 días, pero aún hoy sigue vigente 16 años despues.
 
-     Todos los tramites se rodearon de riguroso secreto, no hay listas de beneficiados ni de abogados patrocinantes, ni tampoco los totales abonados a la fecha, un verdadero agujero negro en la economía manejado quien sabe cómo y por quienes.
 
-      Toda una "industria" montada sobre la caja del Estado a la que contribuyen todos.
 
-      Centenares de diputados y senadores nunca faltaron, pero no hay ni uno que pregunte por el destino de los dineros. Eso sí, ejércitos de colaboradores para los politicos del gobierno de turno, sea con indemnizaciones, sea con puestos, dale que vá.
 
-      30.000 desaparecidos por 224.000 dólares.........  6.720 millones de dólares, más que las reservas de hoyque pusieron al pais en vilo.
 
-      Muchos participaron de la novela de Sábato Nunca Más de dudosa credibilidad y alto costo, con la totalida de empleados de gobierno que fueron despedidos para reemplazarlos por "voluntarios" de organizaciones de "derechos humanos". Abogados dictando y escribiendo a candidatos a suculentas sumas que tal vez trabajando no ganarian en una vida.
 
-       Y la Conadep, muchos discursos y muchos honores, homenajes y premios, memorias y libros a carretadas, pero las actas de las declaraciones, estarán bajo siete llaves en el mayor de los secretos para la desinformación general.
 
-       Mucha plata, más oscuridad, para 6.720 millones de dólares.
 
gm
 
--------------------------------
 
 


17.01.2010 | Economía | Por: Roberto Cachanosky


Antes simulaban legalidad, ahora ni se preocupan por las formas

Por Roberto Cachanosky


Es evidente que los Kirchner han entrado en pánico porque saben que la caja les flaquea y sin ella no hay forma de disciplinar a intendentes y gobernadores.
Me parece muy bien que Martín Redrado se haya plantado frente a los atropellos institucionales del matrimonio Kirchner. No entro a juzgar si lo hizo porque ve que Néstor y Cristina vienen en caída libre respecto al apoyo de la población o porque aceptar sus órdenes sobre el uso de las reservas implicaba que él tenía que violar la ley y, por lo tanto, someterse en un futuro, tal vez no muy lejano, a las consecuencias de la Justicia. Lo concreto es que el presidente del Banco Central se opuso. Insisto, me parece bien, al igual que otros muchos dirigentes políticos acompañaron al matrimonio en su período de esplendor y luego, al advertir el continuo desgaste político de los Kirchner pasaron a ser opositores.
Bienvenidos todos aquellos que finalmente se dieron cuenta del escaso respeto que siempre mostró el matrimonio respecto a las instituciones. El tema que no puedo dejar pasar por alto tan fácilmente es que ahora, en plena decadencia kirchnerista, es fácil salir a criticar, el tema era plantarse firme frente a los atropellos kirchneristas cuando estos eran venerados por un amplio coro de incondicionales que incluye a los actuales conversos al respeto institucional. Pero bueno, la vida es así, los pocos que nos jugamos desde un principio fuimos tildados de fundamentalistas de mercado. Los que se pliegan ahora, cuando es fácil pegarle al decadente y autocrático matrimonio, son héroes.
Sobre este tema, formulo una última pregunta: ¿cuántos problemas, destrucción económica e institucional nos hubiésemos ahorrado si, de entrada, quienes recién hoy se oponen, hubiesen formado las filas de los que nos oponíamos desde un inicio viendo más allá de la artificial reactivación económica que forzaban los Kirchner aprovechando a favor propio las excepcionales condiciones internacionales que rigieron hasta la crisis del año 2008 al tiempo que demolían la seguridad jurídica?
Dejando de lado el oportunismo o la demora en darse cuenta de quienes hoy se oponen al matrimonio, voy al punto central de estos días. Es evidente que los Kirchner han entrado en pánico porque saben que la caja les flaquea y sin ella no hay forma de disciplinar a intendentes y gobernadores.
Ahora bien, desde un principio el matrimonio se comportó en forma autocrática, pero la reactivación de la economía hacía que la gente mirara para otro lado cuando los Kirchner despreciaban las instituciones. Al mismo tiempo, al tener mayoría en ambas Cámaras, podían hacer un simulacro de legalidad y respeto por la democracia. Las leyes que se sancionaban, absurdas en su mayoría, violaban derechos individuales pero les daban un aspecto de legalidad al ser aprobadas por el Congreso. La típica confusión de que el voto da la razón y el Estado de derecho puede ser arrasado en nombre de una mayoría circunstancial.
La derrota electoral de junio de 2008 fue un fuerte cachetazo para el kirchnerismo, pero sabiendo que disponía de casi 6 meses antes de que entrara en funcionamiento el nuevo Congreso y apostando a que tenía otros 3 meses más de libertad de acción hasta que en marzo comenzara a sesionar, los Kirchner aparentaron, durante todo este tiempo, retener el poder a pesar de haber perdido las elecciones.
Ahora se entiende por qué los Kirchner adelantaron tanto las elecciones. No fue para evitar postergar las soluciones económicas. Todo parece indicar que lo hicieron porque sabían que perderían la mayoría en el Congreso, que su poder se iba a diluir y que, por lo tanto, necesitaban varios meses para acomodar todo para establecer sus líneas de defensa.
El tercer cachetazo, luego de las 125 y de las elecciones del 2008, vino el día en que la oposición juntó quórum propio y obligó al oficialismo a bajar al recinto para debatir la forma en que se repartirían las comisiones.
No conforme con ello, esperaron a que el Congreso entrara en receso y se lanzaron con el famoso Fondo del Bicentenario para apropiarse de U$S 6.500 millones de las reservas que ellos dicen que sobran en el BCRA, utilizando un DNU.
Luego, cometieron el despropósito de echar por decreto al presidente del BCRA que se oponía a entregar parte de las reservas porque, como decía antes, violaba la ley.
Las denuncias de conspiración volvieron a aparecer como un disco rayado ante la impotencia de poder someter con tanta facilidad a la oposición.
Obsérvese que el matrimonio no tuvo el más mínimo comportamiento ético, porque habiendo perdido las elecciones, en vez de reconocer la derrota y esperar al nuevo parlamento, se lanzó con leyes importantes como la ley de medios, la reforma política (en la cual llegó a traicionar a los aliados de izquierda que lo apoyaron, vetándoles, luego de aprobada la ley, los artículos que exigían esos partidos para acompañarlos) y una infinidad de actos propios de gente sin honor.
Ahora bien, a partir de diciembre las cosas cambiaron significativamente y los Kirchner, acostumbrados a gobernar en forma autocrática bajo el simulacro de una democracia, se encuentran en este momento con que ya no puede simular que actúan bajo el imperio de la democracia. Ahora tienen que dialogar con la oposición, irse del gobierno o bien ignorar definitivamente la división de poderes y el cumplimiento de la ley.
El ejemplo más evidente fue cuando Aníbal Fernández se negó a cumplir una orden judicial para que la fuerza pública desalojara del sindicato de aeronavegantes a quienes ocupaban sus instalaciones en forma ilegítima.
El hecho de mandarle un patrullero a su domicilio a la Doctora Sarmiento para que recibiera un pedido de reclamo del Ejecutivo, muestra el grado de desprecio por las más elementales reglas de la buena educación y el respeto por las instituciones.
Lo que podemos esperar de ahora en más es que el matrimonio, como ya es su costumbre, redoble la apuesta e intente gobernar ignorando el Estado de Derecho. En rigor esto es lo que ha venido haciendo desde que asumieron, pero ahora lo harían sin ningún disimulo y con toda la prepotencia de que sean capaces de implementar.
¿Qué fueron los movimientos terroristas que el matrimonio dice apoyar, sino un intento por destruir la democracia republicana e instaurar una dictadura sin derechos individuales? Posiblemente los Kirchner no hayan actuado en los 70 en esos movimientos terroristas, pero su discurso progresista ligado a eso movimientos subversivos no parece ser otra cosa que una mascarada para esconder su desmedida ambición de por acumular fortuna personal. Y para ello un país sometido a sus caprichos es perfectamente funcional a sus objetivos de enriquecimiento personal. Si alguien vio la película “Duro de Matar 1”, donde el ladrón se hace pasar por el líder de un movimiento terrorista, entenderá mejor que quiero expresar. El supuesto terrorista no era otra cosa que un vulgar ladrón que usaba como máscara el apoyo a grupos terroristas.
Por eso, lo que está en juego para los Kirchner es mucho. Su libertad futura, porque cuando pierdan definitivamente el escaso poder que les queda, seguramente tendrán que enfrentar infinidad de causas por corrupción. Por otro lado, está en juego la fortuna que han acumulado y, en tercer lugar, la forma en que la construyen.
Un último párrafo antes de terminar esta nota. Si el objetivo de establecer el trucho Fondo del Bicentenario para pagar la deuda externa tenía como objetivo recuperar la confianza de los inversores, con el lío institucional que acaban de hacer los Kirchner, mejor que no creen nada. Por supuesto que a los tenedores de esos bonos les viene bien el famoso Fondo del Bicentenario, porque les permitiría cobrar bonos basura a costa de la credibilidad en la estabilidad monetaria. Puesto de otra manera, al tratar de atropellar el orden jurídico para hacerse de parte de las reservas del BCRA, el gobierno ha demostrado que los que tienen bonos podrán cobrarlos, pero los que tienen depósitos corren altísimos riesgos de ser confiscados.
En síntesis, sólo Dios sabe el daño que están dispuestos a hacer los Kirchner de ahora en más, porque ante una Justicia que empieza a frenarlos y un Parlamento que ya no les es incondicional su futuro dependerá de establecer una autocracia (algo poco probable) o de buscar el exilio en otro país para no ir presos. Doy estos dos casos porque descarto una posición de dialogo en un matrimonio que ha demostrado tener un grado de cinismo increíble.
Tenemos por delante un período de serios problemas sociales, políticos y económicos que serán generados por la intolerancia de un matrimonio que se ha creído ser el dueño del país y de golpe ha descubierto que hay otros sectores que reclaman derechos sobre la Argentina.
© www.economiaparatodos.com.ar
 
 
 
 
 
IMPORTE DE CADA INDEMNIZACION : 224.000   PESOS/DOLARES
CANTIDAD DE CASOS:,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,      30,000
TOTAL PREVISTO...................................   6.720.000.000,-  (SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE MILLONES DE DOLARES
PLAZO 180 DIAS A PARTIR DE DICIEMBRE 1994 - LUEGO LOS PLAZOS SE CORRIERON HASTA HOY - 16 AÑOS
 



Ley de beneficio a las personas ausentes 

por desaparición forzada y a las fallecidas 

por el accionar de las fuerzas armadas


Ley 24.411 - 7 de Diciembre de 1994

Beneficios que tendrán derecho a percibir por medio de sus causahabientes, personas que se encuentren en tal situación. Recaudos para su obtención. Alcances.



Sancionada: diciembre 7 de 1994 

Promulgada: diciembre 28 de 1994 





El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de Ley:





Artículo 1º - Las personas que al momento de la promulgación de la presente ley se encuentren en situación de desaparición forzada, tendrán derecho a percibir, por medio de sus causahabientes, un beneficio extraordinario equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A del escalafón para el personal civil de la administración pública nacional aprobado por el decreto 993/91, por el coeficiente 100. 




A los efectos de esta ley, se entiende por desaparición forzada de personas, cuando se hubiera privado a alguien de su libertad personal y el hecho fuese seguido por la desaparición de la víctima, o si esta hubiera sido alojada en lugares clandestinos de detención o privada bajo cualquier otra forma del derecho a la jurisdicción.

Artículo 2º - Tendrán derecho a percibir igual beneficio que el establecido en el artículo 1º los causahabientes de toda persona que hubiese fallecido como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad, o de cualquier grupo paramilitar con anterioridad al 10-12-83.

Artículo 3º - Para la acreditación de las situaciones enunciadas recedentemente, y a los efectos exclusivos de esta ley, se procederá de la siguiente manera:
1.- En el artículo 1º, la desaparición forzada se probará por cualquiera de los siguientes medios:
a) La pertinente denuncia penal por privación ilegítima de la libertad y por la resolución del juez de que prima facie, la desaparición es debida a esa causa. Al respecto el juez deberá comprobar la veracidad formal de la denuncia, y resolver al solo efecto de esta ley y en forma sumarísima;
b) Indistintamente, por la denuncia realizada ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas creada por decreto 187/83, o ante la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio del Interior.

2.- En el artículo 2º, por cualquiera de los medios enunciados en el inciso anterior, además del fallecimiento que se acreditará con la partida de defunción pertinente.

Artículo 4º - Los efectos y beneficios de esta ley se aplicarán también a las uniones matrimoniales de hecho que tuviesen una antigüedad de por lo menos dos años anteriores a la desaparición o fallecimiento, según el caso, y cuando esto se probara fehacientemente.

Artículo 5º - En caso de aparición de las personas mencionadas en el artículo 1º, se deberá comunicar esta circunstancia al juez competente, pero no habrá obligación de reintegrar el beneficio si ya hubiera sido obtenido.

Artículo 6º - La solicitud del beneficio se hará ante el Ministerio del Interior, quien comprobará en firma sumarísima el cumplimiento de los recaudos exigidos para su obtención.



La resolución que deniegue en forma total o parcial el beneficio, será recurrible dentro de los diez (10) días de notificada ante la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal. El recurso se presentará fundado, y el Ministerio del Interior lo elevará a la Cámara con su opinión dentro del quinto (5º) día. La Cámara decidirá sin más trámite dentro del plazo de veinte (20) días de recibidas las actuaciones.

Artículo 7º - La solicitud del beneficio deberá efectuarse, bajo apercibimiento de caducidad, dentro de los ciento ochenta (180) días de la fecha de entrada en vigencia de la presente.

Artículo 8º - El Ministerio del Interior será la autoridad de aplicación de la presente ley y tendrá a su cargo el pago del beneficio que ella establece, mediante depósito en bancos oficiales dentro de la jurisdicción que corresponda al domicilio del/los beneficiarios, a su orden.



El importe del beneficio previsto en la presente ley podrá hacerse efectivo de conformidad a los términos de la Ley 23.982.



Vencido el plazo establecido para ser efectivo el pago del beneficio sin que este se hubiera complementado, el/los beneficiarios podrán exigirlo judicialmente , sin necesidad de intimación , trámite o reclamo previo, aplicándose para, ello las normas que reglan la ejecución de sentencia.

Artículo 9º - El beneficio obtenido por la presente ley es incompatible con cualquier acción judicial por daños u perjuicios derivados de las causales de los artículos 1º y 2º planteada por los beneficiarios.

Artículo 10º - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se atenderán con cargo a "Rentas generales".

Artículo 11º - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.